Proyecto busca prohibir la “educación sexual integral” y ampliar control de padres sobre contenidos escolares

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La iniciativa también plantea limitar contenidos vinculados a la denominada “ideología de género” y establece autorización parental previa para actividades consideradas sensibles

Ámbito RD- Un proyecto de ley depositado en la Cámara de Diputados plantea establecer nuevas reglas sobre los contenidos relacionados con educación sexual, formación afectiva, moral, familiar, intimidad y conciencia que son impartidos a estudiantes menores de edad en el sistema educativo preuniversitario.

La iniciativa presentada por la diputada del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Lidia Pérez, coloca a padres, madres y tutores como responsables principales de la formación moral y afectiva de los menores y les reconoce el derecho a conocer, revisar, elegir, autorizar, objetar y solicitar la exoneración de sus hijos de determinados contenidos o actividades escolares.

Uno de los puntos de mayor impacto del proyecto es la propuesta de prohibir la incorporación, enseñanza, promoción, financiamiento, contratación o difusión de la denominada “educación sexual integral” en los centros educativos preuniversitarios.

Asimismo, plantea prohibir contenidos que identifica como “ideología de género”, incluyendo conceptos como perspectiva de género, identidad de género, roles de género, deconstrucción de estereotipos y diversidad sexual, así como otras categorías que considere equivalentes.

La propuesta también busca impedir la exposición de estudiantes menores de edad a lo que define como sexualización prematura, erotización, lenguaje sexualizado, prácticas sexuales o materiales que resulten incompatibles con su edad, madurez y desarrollo.

Educación biológica y prevención sí estarían permitidas

El proyecto establece que las prohibiciones no abarcarían la enseñanza científica relacionada con la anatomía humana, diferencias biológicas, higiene, salud, reproducción humana, embarazo, maternidad y paternidad responsable.

También permitiría contenidos destinados a prevenir el abuso sexual, identificar situaciones de riesgo, proteger la intimidad de los menores y orientar sobre los canales de denuncia.

Padres deberán autorizar contenidos considerados sensibles

Otra de las disposiciones relevantes establece que las actividades consideradas sensibles requerirían autorización previa, expresa, escrita e informada de los padres o tutores.

La falta de firma o el silencio de los padres no podrían interpretarse como consentimiento.
Además, los padres tendrían la facultad de solicitar que sus hijos sean exonerados de cursos, talleres, charlas, campañas, materiales o actividades que consideren contrarios a sus convicciones morales, religiosas, filosóficas o de conciencia.

El proyecto establece que ningún estudiante podría ser castigado, discriminado o afectado académicamente por esa decisión.

En esos casos, el centro educativo tendría que ofrecer una actividad académica alternativa.
Centros deberán informar con anticipación
Los centros educativos estarían obligados a informar a los padres con 15 días hábiles de antelación sobre las actividades consideradas sensibles.

La información tendría que incluir, entre otros elementos, el temario, materiales, objetivos, edad de los estudiantes, fecha, metodología, responsables y criterios de evaluación.

La iniciativa también establece controles para la participación de ONG, fundaciones, empresas, agencias de cooperación, organismos internacionales y otros terceros en los centros educativos.

Estas intervenciones requerirían autorización del Ministerio de Educación, conocimiento previo de los padres y revisión de los materiales que serían utilizados.

Modificaría la Ley General de Educación

El proyecto contempla modificaciones a la Ley General de Educación 66-97, específicamente al artículo 22, para incorporar expresamente los derechos de los padres sobre la revisión, autorización, objeción y exoneración de determinados contenidos.

Además, propone crear los artículos 22 bis y 22 ter, con disposiciones relacionadas con la enseñanza sobre el cuerpo humano, reproducción, salud, prevención del abuso y vida familiar, así como prohibiciones que alcanzarían incluso contenidos introducidos mediante convenios, donaciones o mecanismos de cooperación internacional.

Minerd tendría que revisar currículo y materiales

De aprobarse, el Ministerio de Educación (Minerd), tendría la responsabilidad de reglamentar, supervisar y garantizar el cumplimiento de la legislación.

Entre sus tareas estaría revisar currículos, libros de texto, guías, protocolos, campañas y programas educativos para retirar los contenidos considerados prohibidos.

También tendría que crear un registro nacional de materiales autorizados para aquellos contenidos permitidos por la ley.

La propuesta contempla además sanciones y medidas correctivas para los centros o responsables que incumplan sus disposiciones, incluyendo el retiro de materiales, modificación de programas y garantía del derecho de exoneración.

Entre las faltas consideradas graves figuran impartir contenidos prohibidos, ocultar materiales a los padres, impedir su revisión, negar injustificadamente una exoneración o tomar represalias contra estudiantes o familias.

El Poder Ejecutivo tendría un plazo de 90 días para elaborar el reglamento de aplicación, mientras que el Ministerio de Educación dispondría de 180 días para adecuar currículos, libros, materiales, programas y plataformas.

Sin embargo, el proyecto establece que las prohibiciones y el derecho de exoneración serían exigibles desde la entrada en vigencia de la ley, aun antes de la aprobación del reglamento.

La iniciativa, de ser aprobada, tendría alcance tanto en centros educativos públicos como privados y abarcaría clases, talleres, campañas, actividades extracurriculares y materiales impresos y digitales, por lo que abriría un amplio debate nacional sobre el papel de las familias, el Estado y las escuelas en la formación de niños y adolescentes.