Asambleístas aprueban poner impedimento a la reelección presidencial después de dos períodos

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Esta es la 40 ocasión en que es reformulada la Carta Magna

Ámbito RD- En la discusiones sobre la reforma a la Constitución, los asambleístas aprobaron poner un impedimento a la reelección presidencial más allá de dos períodos. El presidente tampoco podrá optar por ocupar la vicepresidencia de la República.

También fue sancionado el punto de la unifica de las elecciones municipales con las congresuales y presidenciales que se celebrarán la tercera semana del mes de mayo, entrando en vigencia a partir del próximo 2028.

Aprobaron, además una modificación al artículo 278 una propuesta presentada por Pedro Catrain, para que se incluya en el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) al presidente del Tribunal Constitucional (TC).

El artículo 209 de la Carta Magna de aprobarse en la segunda reunión de la Asamblea Nacional Revisora indicará que “las asambleas electorales funcionaran en colegios electorales que serán organizados conforme a la ley. Los colegios electorales se abrirán cada cuatro años para elegir al presidente y vicepresidente de la República, a los representantes legislativos, parlamentarios de organismos internacionales, a las autoridades municipales y a los demás funcionarios o representantes electivos. Estas elecciones serán celebradas el tercer domingo del mes de mayo”.

Los asambleístas también discutieron y aprobaron varias disposiciones transitorias incluidas en las modificaciones, que señalan que el presidente de la República electo el tercer domingo de mayo del 2024, nunca más podrá presentarse al mismo cargo así como tampoco a la vicepresidencia de la República.

Estos artículos aprobados en primera lectura ahora deberán ser sancionados en una segunda reunión que de acuerdo al reglamento debe celebrarse en cinco días.

Una vez se concluya con ese proceso, el presidente de la Asamblea Nacional Revisora, Ricardo de los Santos, remitirá la iniciativa a dos comisiones bicamerales, una de estilo y otra de auditoría y verificación.

Luego de este proceso se convocará a sesión dentro de cinco días y ahí podría aprobarse en segunda lectura. El último paso sería la promulgación del Poder Ejecutivo.