Diputado sobreviviente de la tragedia de Jet Set aboga por la aprobación del Código Penal

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Ámbito RD- Este martes se reintegró a sus labores legislativas el diputado del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Carlos José Gil, una de las víctimas sobrevivientes de la tragedia que marcó a la República Dominicana, el desplome de la discoteca Jet Set.

En su turno de ponencia luego de más de dos meses de ausencia, Gil alzó su voz para exigir la aprobación del Código Penal que en estos momentos se encuentra en estudio a cargo de una comisión bicameral.

“Nosotros como legisladores tenemos que velar por hacer leyes que se cumplan, aquí no puede haber ningún lugar donde asistan personas con ese nivel de descuido que había en la discoteca Jet Set”, enfatizó el diputado del PLD.

El congresista informó que esa trágica noche del 8 de abril un amigo suyo y la esposa de este perdieron la vida, destacando también la gran cantidad de personas que no lograron sobrevivir .

“El país perdió mucha gente buena en esa tragedia y eso no puede volver a suceder, por eso se hace impostergable la aprobación del Código Penal, eso no puede esperar más”.subrayó.

Carlos José Gil, resaltó la importancia de dotar al país de un nuevo marco legal que esté adaptado a los tiempos modernos y dejar de seguir apoyándose en una ley que data de los años 1800.

Debido a la debilidad que existe en la ley actual, el empresario y dueño del colapsado centro de diversión, Antonio Espaillat, de ser encontrado culpable de los cargos que se le imputan sólo podría ser condenado a dos años de prisión.

Y es que de acuerdo a lo establecido en el artículo 319 del Código Penal una persona que haya actuado con negligencia, imprudencia, inobservancia o falta de precaución, causando con ello la muerte de una o varias personas sólo podrá ser castigado con prisión correccional de tres meses a dos años, y multa de veinticinco a cien pesos.

“El que por torpeza, imprudencia, inadvertencia, negligencia o inobservancia de los reglamentos, cometa homicidio involuntario, o sea causa involuntaria de él, será castigado con prisión correccional de tres meses a dos años, y multa de veinticinco a cien pesos”, subraya el citado artículo.